JURISDICCIÓN

Sin perjuicio de la posible aplicabilidad de las disposiciones obligatorias de la ley para la protección de los consumidores (como se define de conformidad con el artículo 1 letra b) del Decreto Legislativo 22 Mayo 1999 n. 185), cualquier disputa relacionada con estas Condiciones Generales, será delegada a la jurisdicción exclusiva del Tribunal de Milán. De conformidad y para los efectos de los artículos 1341 y 1342 del código civil, el Cliente declara haber leído atentamente y comprendido y aceptar específicamente las siguientes cláusulas de las Condiciones Generales de Venta del Vendedor: 1.1, 1.2, 2.1, 2.2, 3.2, 4.1, 5.1, 5.2, 5.3, 6.2, 6.3, 6.4, 6.5 y 7.